Pablo Huneeus
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LOS DERECHOS HUMANOS EN CHILE AHORA
por Pablo Huneeus

Actualmente en Chile se están cometiendo flagrantes violaciones a los Derechos Humanos como es el uso de armas químicas de disuasión masiva, el encarcelamiento sin debido proceso de unos treinta mil jóvenes de clase obrera, el reiterado uso de violencia innecesaria por agentes del Estado en las poblaciones, y el acoso a la libertad de expresión por medio de la censura televisiva y del procesamiento judicial a periodistas.

1.- Armas químicas. Según Artículo 20 de la Declaración Universal de Derechos Humanos “Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación
pacíficas.” Sin embargo en Chile se ha hecho rutinario el uso de los llamados “gases lacrimógenos” contra civiles que pacíficamente ejercen su libertad de reunión para manifestar su sentir.

Junto al “guanaco” que no es otro que el discutido “water cannon” capaz de matar, el “zorrillo”, vehículo blindado lanza toxinas paralizantes, forma parte del paisaje típico de toda manifestación de trabajadores o estudiantes. Encima, se les exhibe impúdicamente montando guardia en las cercanías al palacio de gobierno, como si fuera lo más natural del mundo contener la demanda social a punta de armas químicas.

Ya en 1969, en la Asamblea General de Naciones Unidas 80 países (incluyendo la “copia feliz del Edén”) votaron por considerar las armas químicas, incluyendo los gases lacrimógenos, entre las armas prohibidas por la Convención de Ginebra.
Por su parte el Colegio Médico de los Estados Unidos (American Medical Association) ha advertido de evidencia toxicológica de que estos gases supuestamente destinados a causar un apaciguamiento temporal del manifestante (atontamiento, irritación de mucosas) causan a largo plazo efectos cancerígenos, pulmonares y reproductivos.

Aparte de las muertes y traumas ocasionados por el disparo del cartucho que lo contiene, sus al menos quince componentes químicos (w-chloroacetophenona (CN), chlorobenzylidenemalononitrilo, (CS), cloro-5, dihydrophenarsazina, y
x-bromo-x-tolunetrilo, etc.) afectan tanto la salud de los manifestantes atacados directamente como del personal que manipula dichas armas y de los oficinistas o transeúntes que involuntariamente son alcanzados por el invisible gas.

Así todo, en un país donde el cuerpo de un accidentado no se puede tocar sin autorización del juez, un mero capitán de Carabineros puede ordenar el uso de estas armas en medio de la ciudad y en contra sus compatriotas.
Si declarar la guerra requiere autorización del Congreso, la facultad de usar armas químicas para mantener el orden ¿no debiera ser prerrogativa del Presidente?

2.- Juventud encarcelada. A pesar de que la mentada declaración parte pronunciándose contra toda forma de discriminación y de que en su artículo 9 proclama que “Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado” la población penal de casi cincuenta mil almas tras las rejas revela que se trata más bien de encarcelar a un segmento social. Más que delincuentes sicópatas, que los hay en cantidad, constituyen un estrato social, una cultura de masculinos, jóvenes, de bajísimo nivel socio económico, con escasa o nula escolaridad, muchos de origen indígena, pero sobre todo marginados por el modelo.

La mitad de ellos está sin sentencia y encima, expuesta a morir por incineración, como ocurriera a una treintena de ellos en Temuco e Iquique, además de las otras consabidas formas de degradación a que es sometido el recluso.

3.- Libertad de expresión. Anuncia el artículo 19 que “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de comunicación.”
¿No?, ¿no me crees? Entonces, prueba de decir lo que piensas y “verás como quieren en Chile al amigo cuando es forastero.”


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